En los Ćŗltimos aƱos nos estĆ” tocando vivir una serie de capĆtulos tensos en nuestra vida y es que las sucesivas crisis afectan, en gran medida, a la población que estĆ” en edad de trabajar, asĆ como a los mĆ”s jóvenes, quienes sufrirĆ”n sus consecuencias. Esto se debe, principalmente, a que por culpa de la recesión vivida en el aƱo 2008 y en la actualidad por culpa de la pandemia de la Covid-19, muchos de los ciudadanos en edad de trabajar han perdido su empleo, algo que, sin duda alguna, tiene un gran impacto en la economĆa no solo del paĆs, sino que en las arcas mundiales.
Esto ha derivado en que cientos de familias, solamente en nuestro paĆs, se han quedado o se estĆ”n quedando sin empleo y, con ello, sus necesidades bĆ”sicas estĆ”n dejando de estar satisfechas, por lo que, en muchos casos tienen que recurrir a la beneficencia, a pedir en las calles y, en las situaciones mĆ”s extremas, a cometer pequeƱos hurtos para poder llevarse un bocado a la boca.
Es por ello por lo que este tipo de actuaciones son las que propician que los servicios de vigilancia que ofrecen las empresas privadas sean tan interesantes para muchos ciudadanos o comerciantes. De hecho, tan solo hace falta encender la radio o el televisor para poder comprobar de primera mano como cada vez que la economĆa empieza a ir mal, comienzan a aumentar de forma exponencial los anuncios que vemos y oĆmos acerca de alarmas o de sistemas de seguridad. Sin embargo, estos sistemas son tan interesantes como controlados estĆ”n por la legislación actual. De hecho, sin ir mĆ”s lejos, todos los que tenemos en mente instalar cĆ”maras en nuestra casa u hogar debemos de tener bien presente la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia EspaƱola de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a travĆ©s de sistemas de cĆ”maras o videocĆ”maras.
En este sentido, a la hora de instalar una cÔmara de vigilancia debemos de tener claro que cinco requisitos hay que tener en cuenta si nuestro sistema de videovigilancia apunta hacia el exterior y es que la grabación de imÔgenes personales estÔ regulada por lo que resulta obligatorio cumplir con determinados preceptos que garanticen los derechos individuales:
- Antes de tomar imÔgenes, el titular del kit de videovigilancia tendrÔ la obligación de inscribirse en el Registro General de la Agencia Española para la Protección de Datos (AEPD)
- Colocar en lugar bien visible un cartel informativo para que los transeúntes sepan que estÔn transitando por una zona con video vigilancia. En el cartel deberÔn aparecer los datos de los instaladores y la dirección a la que acudir para acceder, rectificar o cancelar sus imÔgenes tal y como regula la Ley de Protección de Datos.
- Solo podrÔ acceder a las imÔgenes grabadas el titular, responsable de la instalación. En caso de que la conexión fuese a través de internet, se restringirÔ el acceso mediante un nombre de usuario y una contraseña.
- El sitio en el que se encuentre colocado el equipo de video vigilancia, deberƔ contar con vigilancia o acceso restringido. Solo podrƔ acceder al mismo la persona autorizada, a travƩs de un nombre de usuario y una contraseƱa.
- Es obligatorio guardar las imĆ”genes hasta 30 dĆas despuĆ©s de grabadas. AsĆ, todos aquellos particulares y empresarios que estĆ©n pensando en instalar algĆŗn sistema de vigilancia para garantizar su seguridad ahora que vivimos unos tiempos tan convulsos, nosotros les recomendamos que se pongan en contacto con FGL Sistemas de control y es que ellos conocen mejor que nadie los entresijos de este tipo de instalaciones por lo que os propondrĆ”n las mejores soluciones para garantizar vuestra seguridad.
Preguntas mÔs frecuentes sobre una instalación de videovigilancia
Antes de instalar la cĆ”mara, debemos tener claro que nuestro derecho a la seguridad podrĆa chocar frontalmente contra el derecho a la intimidad y a la propia seguridad de los demĆ”s, por lo que, basĆ”ndonos en esto, estas serĆan algunas de las preguntas mĆ”s frecuentes que se plantean:
- ĀæEs legal instalar una cĆ”mara que grabe la vĆa pĆŗblica o las casas del vecindario? Es ilegal, ya que solo se pueden captar imĆ”genes en el interior de la vivienda personal, y no en espacios pĆŗblicos o espacios privados ajenos.
- ĀæEs legal instalar cĆ”maras de videovigilancia en una comunidad de propietarios? Se necesita la aprobación de las 3/5 partes de la totalidad de propietarios. En el caso de que ya hubiese un servicio de seguridad y se fuese a utilizar el equipo de grabación como refuerzo, bastarĆa con aprobar la propuesta por mayorĆa simple.
- ĀæAlguien del vecindario puede poner cĆ”maras de seguridad en elementos comunes de la finca? Solo podrĆa hacerlo en el caso de que su propuesta fuese aprobada unĆ”nimemente por el resto de propietarios.