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Ante un expediente por infracción urbanística, es importante el asesoramiento

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Cuando se desea realizar cualquier tipo de obra urbanística sobre un predio, como construcción, ampliación, rehabilitación, demolición… debemos presentar la solicitud de licencia urbanística junto con el proyecto técnico correspondiente en el ayuntamiento respectivo, ahora bien si se trata de obras menores como retejar, pintado de fachada, sustitución de ventanas, cambio de alicatados… con una comunicación previa al ayuntamiento, junto con la descripción de las obras y pago de tasas, será suficiente. Puede ocurrir que por el motivo que fuera nos hayamos olvidado de realizar cualquiera de los dos trámites anteriores, el que correspondiese realizar según la envergadura de las obras, y hayan comenzado a realizarse las obras, o ya estén rematadas, en todo caso, la alcaldía ordenará la apertura de un expediente de reposición de legalidad urbanística por infracción urbanística y su comunicación al titular de las obras.

Recibida la notificación ¿qué puede hacer el interesado? ¿cómo actuar?

Buscar asesoramiento es fundamental. Peñalver abogados y mediadores, es un despacho multidisciplinar, con más de 25 años de experiencia, que presta un amplio abanico de servicios entre los que se encuentra el de asesoramiento en todo tipo de infracciones urbanísticas, tanto a nivel empresarial como particular, en una amplia zona de España, Alicante, Valencia, Murcia y Albacete, entre otras. Sus clientes son de diversas nacionalidades de la Unión Europea, franceses, ingleses, holandeses, belgas, noruegos, etc., por lo que es un despacho plurilingüe donde se habla español, inglés, holandés y valenciano. Este despacho está orientado hacia la excelencia empresarial, la formación y el servicio integral, adaptado, atento, personal y constante, respondiendo a las más elevadas exigencias de calidad y haciéndose merecedores, hoy y siempre, de la confianza de sus clientes, miembros del ilustre colegio de abogados de Alicante, de la British Spanish Law Association y de Secure e-communications in criminal law practice. Entre los servicios que presta Peñalver abogados y mediadores, se pueden incluir todos los relacionados con el derecho inmobiliario, derecho civil, derecho penal, derecho urbanístico, derecho administrativo, derecho fiscal, derecho mercantil, proyectos de inversión, tráfico, asesoría de seguros, asesoramiento en ahorro energético, asesoramiento jurídico en general, mediación en el ámbito civil, etc.

¿Cuál es el procedimiento para seguir por el ayuntamiento ante la incoación de un expediente de este tipo?

En los expedientes de reposición de legalidad urbanística, el técnico encargado del municipio realizará un informe de comprobación sobre la infracción realizada, en los que puede haber dos supuestos:

–       Que las obras estén en curso de ejecución, o lo que es lo mismo, que se estén realizando y que carezcan de la correspondiente licencia de obras, comunicación previa o no se ajusten a las condiciones señaladas en la misma, en este caso por la alcaldía se dispondrá la paralización inmediata de las obras y su comunicación al interesado.

–       Que las obras ya estén acabadas sin la correspondiente licencia, comunicación previa o no se ajusten a las condiciones señaladas en las mismas. En este caso el titular del ayuntamiento, siempre dentro del plazo máximo que fija la ley, o sea seis años, podrá incoar el respectivo expediente de reposición de legalidad.

Una vez iniciado el procedimiento deberá notificarse al interesado dándole un plazo de alegaciones por quince días para que presente los documentos, fotos o medios de prueba de que intente valerse, transcurridos los cuales si hay alegaciones presentadas deberán estudiarse y se dictará propuesta de resolución por el instructor. Esta propuesta de resolución volverá notificarse al interesado concediéndole un nuevo plazo de audiencia, transcurrido el cual se dictará la resolución del procedimiento.

¿Cuál puede ser la resolución del expediente?

La resolución del procedimiento puede finalizar del siguiente modo:

–       Obras que pudieran ser legalizables. En este caso el interesado deberá en el plazo de tres meses presentar la solicitud correspondiente o ajustarse a las condiciones que determine el ordenamiento urbanístico.

–       Obras que no sean legalizables. En este caso se acordará por parte del ayuntamiento las medidas para restaurar el orden jurídico, siempre a costa del interesado, entre las que se podrían encontrar, la demolición de las obras ya ejecutadas, la reconstrucción de obras que se hubieran demolido, la prohibición de utilización y primera ocupación de edificios o construcciones, la reposición de los terrenos a su estado inicial antes de la ejecución de las obras, etc.

Asimismo, los consistorios y los diferentes organismos competentes pueden imponer multas por vulnerar la legalidad vigente como ha ocurrido recientemente en Mallorca, donde se ha sancionado a un vecino con 1,4 millones de euros por una obra ilegal hecha en suelo rústico y que vulnera las normativas de urbanismo vigentes.

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